La Corte de Apelaciones de Santiago determinó que un reglamente de copropiedad de un edificio no puede establecer una prohibición en cuanto a la tenencia de mascotas, ya que sería un "actuar abusivo".
En un fallo unánime, la sexta sala del tribunal anuló una cláusula referente a ello en un edificio de la comuna de Vitacura, al estimar que vulnera los derechos de los habitantes.
La cláusula en cuestión, establece: "Queda terminantemente prohibido: Diecinueve: ingresar al edificio y/o mantener en cualquier unidad o espacio común o bien de dominio común, animales domésticos".
En esa línea, la Corte de Apelaciones ordenó modificar dicha normativa, "Que conforme a lo razonado anteriormente, la cláusula dieciséis número diecinueve del reglamento de copropiedad antes referido es contrario a la ley y al reglamento de copropiedad inmobiliaria y, por ende, corresponde su modificación, debiéndose sustituir por la siguiente: Mantener en cualquier espacio común o bien de dominio común, animales domésticos".
Hasta 100 mil pesos puede llegar a costar una multa en un edificio que prohíbe la tenencia de mascotas. Por lo que un grupo de parlamentarios quiere que eso cambie.
Realizar una modificación a la ley de Copropiedad Inmobiliaria busca la posibilidad de tener mascotas en edificios "quede consagrado en la ley y que se declare nulo cualquier tipo de prohibición en esta línea por parte del reglamento de copropiedad o de la comunidad".
Por su parte, la directora de la fundación Pro Animal, sostuvo que con la ley actual de tenencia responsable de mascotas - conocida como ley Cholito - la prohibición que realizan los edificios es simplemente ilegal.
Fuente: el mostrador, tvn
